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QUIEN COMPRE UN INMUEBLE ANTES DEL 31/12/2012 PAGARÁ MENOS IMPUESTOS

6 junio 2012 No Comment

Teniendo en cuenta la situación económica actual, con un fiel reflejo en la caída de las ventas de inmuebles en España trimestre tras trimestre el Gobierno español, en un intento de incentivar las compraventas de inmuebles ha aprobado un nueva exención fiscal que puede resultar muy interesante para aquellas personas físicas o jurídicas que estén pensando en adquirir un bien inmueble en España en un corto plazo de tiempo, ya sea un local comercial, vivienda, oficina, garaje, solar, trastero…etc.

El pasado 12 de mayo de este año se aprobó por el gobierno central el Real-Decreto-Ley 18/2012, de 11 de mayo, sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero, dicha norma ha introducido un sus Disposiciones Finales primera, segunda y tercera una exención fiscal que es aplicable a personas jurídicas y físicas, ya sean estos residentes o no residentes en España. Dicha reforma introducida por este Real Decreto Ley permite a todas aquellas personas que compren un inmueble desde el 12 de Mayo de 2012 hasta el 31 de Diciembre de 2012, a que cuando vendan dicho inmueble posteriormente, ya sea en 1 año, 5 o 10, el 50% de la ganancia patrimonial que se manifieste por dicha venta esté libre de impuestos, debiendo tributar solo por el 50% restante.

Esta exención puede suponer un ahorro a tener en cuenta, ya que actualmente si se vende un inmueble en España se tiene que ingresar a Hacienda por la ganancia patrimonial que se obtenga el 21% del beneficio si es no residente (19% a partir de 2014), el 27% si es residente fiscal en España (21% a partir de 2014) y el 30% si es una persona jurídica la que vende el inmueble.

Pongamos un ejemplo, imagine que usted está pensando en comprar una propiedad en España teniendo en cuenta las oportunidades que ahora hay en el mercado, digamos que el precio de dicha propiedad cuando la compre será de 200,000.00 €uros. Los dos posibles escenarios que se platean cuando usted venda esa propiedad, por ejemplo en el año 2017 por un precio de venta de 270,000.00 Euros, son los siguientes en función de la fecha de compra;

1)      No residente fiscal: 70,000.00 Euros de ganancia al 19% total de 13,300.00 Euros. Si la compra antes del 31/12/2012 pagaría 6,650.00 Euros.

2)      Residente fiscal: 70,000.00 Euros de ganancia al 21% total de 14,700.00 Euros. Si la compra antes del 31/12/2012 pagaría 7,350.00 Euros.

3)      Sociedad: 70,000.00 Euros de ganancia al 30% total de 21,000.00 Euros. Si la compra antes del 31/12/2012 pagaría 10,500.00 Euros.

Evidentemente este ahorro fiscal no es definitivo a la hora de decidir a comprar una propiedad en España, mas que nada porque no es posible saber si los precios bajarán mucho mas y tampoco que beneficio obtendrá usted en la futura venta de la misma, pero para aquellas personas que estén pensando en comprar una propiedad, es un factor mas a tener en cuenta que puede ayudarles a tomar una decisión, sobretodo a aquellos potenciales compradores que no tengan un carácter especulativo, siendo su fin primordial el disfrute de esa propiedad durante muchos años, ya que a mas años tengan dicha propiedad es probable que la ganancia patrimonial que se manifieste en la venta sea mayor. Hagan ustedes números y saquen sus propias conclusiones.

 

 

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